La reforma del Consejo de la Magistratura busca mejorar y agilizar los procedimientos de selección de magistrados

El proyecto de reforma del Consejo de la Magistratura que el Gobierno nacional enviará al Parlamento propone elevar de 13 a 17 los miembros de ese organismo, con el objetivo de mejorar y agilizar los procedimientos de selección de magistrados, dotar de más transparencia y eficiencia la administración de los recursos del sistema judicial y garantizar el debido proceso en la aplicación de las facultades disciplinarias.

La iniciativa suma dos abogados, un juez y un miembro del ámbito académico y científico a los distintos estamentos con que hoy cuenta el Consejo, e incorpora la perspectiva de género a fin de dar cumplimiento a convencionales internacionales y a normas internas, para asegurar a las mujeres el derecho a la igualdad de oportunidades en el acceso a los cargos más altos del Poder Judicial de la Nación, informaron fuentes oficiales.

De este modo, el organismo queda integrado por 4 jueces del Poder Judicial de la Nación (hasta ahora eran dos), debiéndose garantizar la representación de todas sus instancias y la presencia de magistrados con competencia federal del interior del país, de los cuales al menos 2 deben ser mujeres.

Habrá 6 representantes del Poder Legislativo, tres diputados y tres senadores (dos por el bloque mayoritario de cada cámara, y uno por la primera minoría). Tres de estos legisladores, al menos, deberán ser mujeres.

El estamento de los abogados tendrá 4 representantes (hasta el momento eran 3) elegidos por el voto directo, según el sistema D'Hont, de los matriculados en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal o en las Cámaras Federales con asiento en las Provincias. De ellos al menos dos deberán ser mujeres.

También integrará el organismo un representante del Poder Ejecutivo Nacional, y dos correspondientes a los ámbitos académico y/o científico (hasta ahora había uno solo). Uno de ellos, al menos, será mujer.

El Consejo de la Magistratura es un órgano del Poder Judicial que fue creado a través de la reforma de la Constitución Nacional, que lo incorporó en su artículo 114, y está regulado por la ley 24.937.

Sus atribuciones son redacción de propuestas en ternas vinculantes para el nombramiento de tribunales inferiores, el ejercicio de facultades disciplinarias sobre magistrados, la administración de recursos y ejecución de presupuestos asignados a la gestión de justicia y la apertura de procedimientos de remoción y suspensiones, entre otras.

En el mensaje de elevación se recuerda que el artículo 114 de la Constitución Nacional "no precisa el número de representantes de cada uno de los estamentos, sino que ello fue delegado a la ley especial que la misma norma constitucional prevé".

La integración, destaca la Constitución, deberá procurar "el equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultantes de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal", además de "otras personas del ámbito académico y científico, en el número y la forma que indique la ley".

Por ello, desde la reforma de año 1994, se sancionaron tres leyes que establecieron de manera diferente la integración del Consejo y, por consiguiente, la representación de los estamentos que en él confluyen.

En 1997 se estableció este número en 20 miembros, mediante la Ley 24.937, corregida posteriormente por la 24.939; mientras que en el 2006 se sancionó la ley 26.080 que redujo el número de sus integrantes a trece.

En tanto en el año 2013 se dictó la ley 26.855, que elevó el número a 19, pero que fue declarada inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia de la Nación tras una acción de amparo promovida por el titular del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.

Pese a que la ley 26.080 recobró su vigencia por este fallo, fue objetada por el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, y la decisión se encuentra actualmente en manos de la Corte Suprema, que de acuerdo con fuentes judiciales, podría fallar en los próximos día declarando inconstitucional la norma.

Ahora con el envío de este proyecto se procura que la integración del Consejo tenga "suficiente legitimidad atendiendo al rol institucional preponderante que le cabe en el ámbito del PJN y través de él, en el sistema republicano", expresa el mensaje.

En su conformación, manifiesta, la iniciativa "toma en cuenta que los órganos políticos deben tener la representación suficiente para incidir en la toma de decisiones y en el diseño de la política judicial, sin que ello vaya en desmedro de lo que la propia Constitución nacional establece".

En ese sentido, destaca que "se rata de un órgano colegiado plurisectorial cuyos estamentos deben estar representados en forma equilibrada, de modo que todas las voces confluyan en el debate".

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