Para los forenses: Carlos Pedro Blaquier, no podrá ser juzgado en los juicios de lesa humanidad por "problemas de salud mental"

Las causas por los crímenes cometidos en el Ingenio Ledesma, en la provincia de Jujuy, durante la última dictadura cívico-militar no tendrá como imputado al dueño de la empresa, Carlos Pedro Blaquier, de 94 años, a raíz del dictamen del Cuerpo Médico Forense que advirtió que no podrá seguir en el proceso "por problemas de salud mental", informó hoy la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.
El organismo que conduce Horacio Pietragalla Corti anunció además que evalúa acciones contra jueces que eventualmente demoraron el avance de la causa y permitieron que se llegara a esta instancia.
La evaluación forense, de la que participaron miembros del Cuerpo Médico Forense y dos peritos de la Secretaría de DD.HH., dictaminó que "el deterioro cognitivo que presenta el imputado no le permite afrontar un debate oral", sostuvo la Secretaría, que destacó que esos profesionales son de "incuestionable compromiso con el proceso de memoria, verdad y justicia".
De ese modo, Blaquier no está en condiciones de afrontar el juicio por la Noche del Apagón, y el organismo oficial sostuvo que la causa penal estuvo paralizada durante ocho años en la Cámara Federal de Casación Penal primero y en la Corte Suprema después.
Esa dilación, advirtió, garantizó la impunidad del dueño del Ingenio Ledesma, de 94 años.
Blaquier está procesado junto al entonces administrador del ingenio, Alberto Lemos, en dos causas por crímenes de lesa humanidad que fueron elevadas a juicio oral.
En el expediente sobre la Noche del Apagón -cuando se produjo un corte de luz para secuestrar personas- está acusado por la privación ilegal de la libertad de 20 personas en las localidades jujeñas de Ledesma, Calilegua y Libertador General San Martín en julio de 1976, mientras que en la causa Aredez se le imputan tres secuestros entre marzo y abril de 1976.
Esas causas se encontraban en condiciones de ser elevadas a juicio en 2013, cuando el empresario no tenía esos problemas de salud mental, sostuvo la Secretaría.
En cambio, quedaron paralizadas por la decisión de la Sala IV de la Cámara de Casación Penal , integrada entonces por Juan Carlos Gemignani, Gustavo Hornos y Eduardo Riggi, que primero admitió un recurso de la defensa y dos años después les dictó falta de mérito a ambos acusados, dijo.
Asimismo, recordó que recién en julio de 2021, y gracias a varios pedidos de la Secretaría de DD.HH. y de las otras querellas exigiendo una pronta resolución, la Corte Suprema anuló lo resuelto por la Casación, señalando que esa decisión había sido "arbitraria" y que "obstaculizó indebidamente el avance del proceso".
"La irregular decisión de Casación y la dilación de la Corte Suprema en revocarla le permitieron a Blaquier y a Lemos pasar estos 8 años en sus domicilios sin ser juzgados", manifestó el organismo a cargo de Pietragalla Corti.
Y advirtió que esa falta de respuestas de las máximas instancias judiciales del país "provocó un daño irreparable en las víctimas, que no podrán obtener justicia por esos gravísimos crímenes respecto a Blaquier", mientras que sobre Lemos dijo que "es indispensable y urgente que se avance con el debate oral y público en su contra".
La Secretaría informó además que analiza la responsabilidad de los jueces que intervinieron en el proceso para determinar las medidas que corresponde impulsar.
Así, manifestó que las causas que involucran la responsabilidad de actores civiles y económicos durante la última dictadura son las que "mayor resistencia generan en el Poder Judicial".
"El avance sin demoras de estas investigaciones es una de las prioridades del Plan Estratégico para el avance del proceso de justicia por los crímenes de lesa humanidad que promueve esta Secretaría", señaló el texto.