La justicia decretó la quiebra de SANCOR
Luego de atravesar casi dos décadas en fuerte crisis financiera y sin sus directivos haber encontrado la manera para frenar la debacle, este miércoles quebró la histórica usina santafesina santafesina Sancor, con sede en la localidad de Sunchales y portadora de una de las principales marcas lácteas argentinas. Así lo dispuso la sentencia dictada hoy por el Juzgado de Primera Instancia de Rafaela.
La decisión se toma tras el fracaso del concurso preventivo iniciado en febrero de 2025, y se basa en que la propia cooperativa reconoció formalmente su imposibilidad de pagar las deudas verificadas y de presentar una propuesta de acuerdo a sus acreedores. Además, acumulan también los pedidos de quiebra directa promovidos por acreedores externos ante la falta de pago de obligaciones corrientes posteriores al concurso.
Otro argumento de peso al que recurrió el tribunal fue la "inviabilidad estructural" de la cooperativa debido a su millonario pasivo. En efecto, la deuda concursal es de 41.600 millones de peso. y 86 millones de dólares.
Además, generó una deuda Postconcursal (generada durante el proceso) que se estima que crece a un ritmo de $3.000 millones mensuales. Con respecto a la deuda laboral, al personal activo se le deben más de 5 meses de sueldos.
En la actualidad, las seis plantas industriales funcionan muy por debajo de su capacidad; la de Sunchales es actualmente la más ociosa.
La jueza Agostina Silvestre ordenó la continuación de la explotación de la empresa para preservar su valor como unidad económica y proteger las fuentes de trabajo, y dispuso la venta de la empresa "en marcha" (como un todo o por unidades productivas) mediante una licitación transparente, buscando un adquirente que pueda reactivar la producción.
Sobre el régimen laboral, el síndico deberá presentar una lista del personal estrictamente necesario para mantener la operación o el mantenimiento de las plantas, y los trabajadores que no sean incluidos en dicha lista quedarán suspendidos por 60 días. Si al cabo de ese tiempo no hay una solución para su situación, la relación laboral quedará extinguida.
Por su parte, los directivos perdieron la administración de los bienes, que pasa a manos de la sindicatura, y se ordenó la inhibición general de bienes y la prohibición de salir del país para los integrantes del Consejo de Administración y el Síndico titular de la cooperativa.
El juez determinó que el mecanismo de "salvataje" por parte de terceros, conocido como cram down, no es aplicable porque la ley de cooperativas impide que un tercero externo adquiera las cuotas sociales como si fuera una sociedad anónima. Además, la deuda es tan alta que supera el valor de los activos, haciendo inviable el mecanismo tradicional de asunción de pasivos.
¿Cuáles son los próximos pasos? Los acreedores con deudas posteriores a la presentación del concurso tienen hasta el 29 de mayo de 2026 para presentarse a verificar sus créditos. Mientras tanto, la sindicatura debe realizar un inventario detallado de todos los activos en cada establecimiento.